La Corte Suprema de Justicia de la Nación le rechazó el último recurso presentado para desconocer el fallo emitido por jueces sustitutos. En este caso no le permiten evitar el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa y los magistrados que atacó públicamente serán los encargados de revisar la condena a 2 años de prisión en suspenso y la inhabilitación de 4 años para el ejercicio de cargos públicos.

El fallo del máximo tribunal fue firmado por los cinco jueces de la Corte, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, que tuvo su propio fallo.

El matutino La Arena informó que los cuatro primeros le bajaron el pulgar porque “el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”, según estipula el artículo 14 de la ley 48. Por ello lo declararon “inadmisible”. Rosatti fundó su rechazo en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Esa decisión devuelve la causa a la justicia pampeana y será el TIP, que Tierno cuestionó por la forma de conformación, quien revise su caso. El actual ministro fue condenado por abuso de autoridad al arrogarse la suma del poder público y aprobar un presupuesto municipal durante su breve paso de 87 días por la intendencia de Santa Rosa.

En 2014 se hizo el juicio y se lo encontró culpable de “abuso de autoridad” por tomarse atribuciones del legislativo local. En aquel diciembre, Tierno fue buscado por la fuerza pública para comparecer y cómo se negó a hacerlo, pasó un fin de semana detendo en la Alcaidía de la capital pameana.

El acutal Ministro de Seguridad de La Pampa obtuvo un revés de importancia pero ello no implica que se le agoten las instancias de apelación. Una vez que el TIP, confirme o no, las partes tendrán la posibilidad de interponer otro recurso extraordinario. En cualquiera de los casos, gana tiempo para seguir en la función pública, uno de los impedimentos surgidos del fallo de 2014 pero que no tiene aplicación porque no está firme.

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