El Gobierno modificó el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente para incluir la reducción de las cargas obligatorias de los trabajadores más vulnerables.

A través del decreto 444/2023, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo estableció el diferimiento del pago de parte de las cotizaciones a las que se encuentran obligados los contribuyentes «que, si bien reúnen las condiciones de vulnerabilidad previstas para los trabajadores independientes promovidos, obtienen ingresos que exceden los límites para el acceso a los beneficios, pero no superan el máximo contemplado para la Categoría B» del monotributo.

De este modo, los trabajadores independientes que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (RENATEP) podrán acceder a un beneficio de reducción del 50% en el pago de la cotización previsional al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Esa medida estará vigente durante los primeros 36 meses de adhesión al Régimen: la cuota se reduce del 25% al 1% de los ingresos brutos mensuales, o al equivalente al 25% del aporte mensual al SIPA, el que resulte menor, según el decreto. Vencido ese plazo, el importe de la cuota de inclusión social será equivalente al 2,5% de los ingresos brutos mensuales que perciba por su actividad la persona trabajadora independiente promovida.

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