El ministro de Seguridad, Juan Carlos Tierno, ofreció las estadísticas registradas en el mes de octubre, en delitos donde la Policía de La Pampa tomó intervención de oficio, ocurridos en la provincia.

Entre los delitos contra la propiedad, respecto al mes de octubre del año pasado, se produjo una reducción del 37,70% en robos. En cuanto al hurto hubo un leve aumento del 2,68%, “ha sido a partir de hechos menores por ejemplo sobre denuncias de teléfonos celulares, aunque si sacamos estos casos, hubo un significativo descenso respecto al 2015 en los delitos de hurto”.
Hubo una reducción del delito contra la integridad sexual, violaciones, del 20%; “seguimos trabajando en la ubicación de portadores de armas en forma ilícita y hemos aumentado los niveles de trabajo un 16,67%, con requisa y secuestro de armas no legales”.
En figuras contravencionales, aplicables según el Código Provincial de Faltas, hubo un aumento del 183%, “esta es la forma que usamos para los controles de nocturnidad, donde por consumo de tabaco o bebidas alcohólicas en menores de 18 años, la Policía realiza, cuando no está la autoridad municipal presente, la actuación que implica en muchos casos la clausura del lugar, por la Ley 1.123”.
En siniestros viales con lesionados leves hubo una reducción del 53% y en lesionados graves una reducción del 54%. Los siniestros fatales en octubre registraron 2 personas fallecidas.
El comparativo total de víctimas fatales en todo el año 2015 y el mismo lapso del 2016, “se hubo una reducción del 20%, es una cifra que no tomamos como satisfactoria porque implica la consecuencia más grave a nivel de pérdida de vidas humanas, sino un destrato en la convivencia social e incumplimiento de las normas que en su conjunto conllevan víctimas”, señaló Tierno.
En cuanto a los jóvenes transportándose en moto, “ya estamos en un 60% la reducción de ese tipo de siniestralidad, no solo en víctimas fatales sino en lesiones graves”.

Información sobre hechos delictivos

“Respecto a la información de hechos delictivos, como dice el Código Procesal Penal de la provincia, artículo 273, la disposición de la información de cada caso en particular, la autoridad es el Ministerio Público Fiscal. En ese sentido, la normativa está totalmente vigente”. El ministro Tierno dijo desconocer lo que dijo la jueza, “porque no estamos notificados. Aclaro, de lo que se dispuso es darle cabida a un memorándum o instructivo producido por el mismo Ministerio Público Fiscal. La autoridad estatal que está en condiciones para autorizar una información de un hecho delictivo ocurrido son los fiscales. Y el policía pasa a depender del fiscal en función judicial, a partir del preciso momento del conocimiento de un hecho delictivo, donde comienza a funcionar el procedimiento llamado Investigación Fiscal Preparatoria”.
Continuó especificando que el artículo 71 del Código Procesal Penal, “determina que tanto para los fiscales como para los policías es obligatorio guardar el secreto de todas las diligencias y situaciones a partir del hecho delictivo. El artículo 173 del CPP, que sigue vigente y no puede modificarse por un fallo judicial indica que la Investigación Fiscal Preparatoria es secreta para los extraños, excepción hecha para las víctimas”, detalló el ministro.

Vehículos – Motos

El ministro enfatizó que los vehículos no pueden circular sin patente, “el comprobante que tengan, sea del Registro del Automotor o del vendedor del vehículo, que indica que está en trámite la patente, no habilita para conducir”.
Respecto a las motos, “el casco en la cabeza es obligatorio, primero por autoprotección y también porque hay normas legales de la vía pública. Llamamos a la reflexión, porque en la siniestralidad en el tránsito, las víctimas no son siempre otros. Por eso seguimos con los controles”. El objetivo es siniestro cero en motos. “La concientización se está dando en muchos jóvenes”.
Tierno manifestó que personal policial comenzará a realizar, en todo el ámbito rural, controles de tránsito con mayor más detalle y precisión, así como de las normas técnicas de los vehículos. “En la cabina tienen que ir la cantidad de personas acorde a los cinturones de seguridad que tiene el vehículo. Está prohibido el traslado de personas en la caja de carga, sea en el ámbito urbano como rural. También prohibido los elementos salientes (defensas, ganchos), los faros adicionales también prohibidos, salvo los vehículos públicos de emergencia”.

Realización de eventos

Recordó que no se pueden hacer espectáculos públicos sin habilitación y/o permiso correspondiente. “Toda institución aun sin fines de lucro, que alquila un lugar para una fiesta, asume la responsabilidad legal de todo lo que ocurra en el interior de ese lugar. Las fiestas clandestinas las vamos a clausurar y poner a disposición de la justicia a los responsables”.

Por otra parte, según la Ley Nacional de Alcoholismo, “está prohibida la promoción o realización de eventos o fiestas con consignas de bebidas alcohólicas”.
“Estamos preparando un anteproyecto sobre una normativa única de nocturnidad en La Pampa, donde cualquier ciudadano puede opinar y dar ideas; para mejorar el desenvolvimiento del esparcimiento y divertimento de espectáculos públicos, con la posibilidad de que los niños puedan disfrutar con todas las protecciones correspondientes”.

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