Por medio de la Resolución N° 962/2016, el Intendente Municipal, Ing Leandro Altolaguirre, promulgó la Ordenanza N° 5482/16 sancionada el pasado 25 de agosto por el Concejo Deliberante, donde se establece lo siguiente:

Artículo 1°: “Declárese la Emergencia Sanitaria en la ciudad de Santa Rosa, comprendiendo el sistema de agua potable, desagües cloacales, pluviales y disposición de las aguas de lluvia y freáticas, con el objeto de proporcionar celeridad y ejecutividad a los procedimientos administrativos necesarios para implementar las medidas pertinentes a fin de resguardar la salud de la población”.

Artículo 2°: “Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza N° 5322/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la adquisición de bienes de capital, bienes de consumo, servicios y a contratar las obras necesarias y que correspondan con el fin de moderar y/o resolver la situación de emergencia sanitaria declarada en el Artículo 1º, precedente, en los términos del Artículo 34° inciso c), sub inciso 1 de la Ley Prov. N° 3 de Contabilidad y el Artículo 9°, Inciso c) de la Ley Prov N° 38 de Obras Públicas”.

Artículo 3°: Modificase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 5322/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 4°: La Emergencia Sanitaria declarada en el Artículo 1° de la presente, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2017, pudiendo las contrataciones formalizadas hasta esa

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