El intendente de Santa Rosa, Leandro Altolaguirre, promulgó la ordenanza que permite se admita como prueba para acreditar el incumplimiento de la prohibición establecida en el artículo 1º de la ordenanza municipal (sobre la prohibición de arrojar basura y desperdicios en todo el ejido de la ciudad de Santa Rosa), el material fotográfico aportado por vecinos.
El material fotográfico, junto con otros datos requeridos, serán entregados por el vecino en el Juzgado Municipal de Faltas, que le dará el curso correspondiente a la denuncia.
El traslado al presunto infractor de la denuncia para su descargo, no llevará los datos del vecino denunciante, que permanecerán reservados en el Juzgado Municipal de Faltas.

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