El juicio iniciado por el Gobernador  CPN Oscar Mario Jorge, contra la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, cuyo objetivo era determinar si los vetos a los Decretos  Número 539/2014 y 571/2014, realizados oportunamente por el gobierno, habían sido presentados en tiempo y forma.

El Superior Tribunal de Justicia, dio la razón al Poder Ejecutivo declarando la validez de los decretos de veto, al considerar que el plazo de 10 días es para exteriorizar la voluntad de veto y no para vetar y modificar a la Cámara de Diputado, como lo interpretó esta última. Por lo tanto las leyes vetadas en dicho lapso (10 días) no se consideran vigentes. En tal sentido la Cámara debió ratificar con los 2/3 la Ley vetada y como omitió con un argumento observado tratar los vetos, dichas leyes perdieron estado parlamentario y por lo tanto no tienen aplicación.

En lo sucesivo, la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, a partir de este fallo del STJ,  deberá ratificar la Ley con los 2/3 de los votos cuando el veto sea dictado dentro de los 10 días y no esgrimir argumentos formales incontundentes  para tener por promulgada una ley.

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