El hombre, de 62 años de edad, fue considerado autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda -2 hechos- y abuso sexual gravemente ultrajante -1 hecho-“, en perjuicio de una sobrina nieta; “abuso sexual simple“, en perjuicio de otra sobrina nieta; y “abuso sexual gravemente ultrajante como delito continuado”, en perjuicio de una tercera sobrina nieta.

El juicio oral se desarrolló entre los días 15 y 18 de junio del corriente año, ante el juez Pagano como tribunal unipersonal, la participación de la fiscal Ana Laura Ruffini, la letrada Marina Vanini en representación de las querellantes particulares y el defensor particular, Jerónimo Altamirano.

Con las pruebas aportadas en el debate el juez dio por probado que, sin poder precisar fecha exacta, pero cuando una de las niñas tenía entre 10 y 11 años -es decir entre los años 2013 y 2014-, en reiteradas oportunidades fue abusada sexualmente por el imputado. Respecto a otra de las víctimas, sin poder precisar fecha exacta, haber abusado sexualmente en una oportunidad mediante tocamientos, cuando la menor contaba con 7 u 8 años de edad aproximadamente. Y en referencia a la tercera damnificada, sin poder precisar fecha exacta, haber abusado sexualmente en reiteradas oportunidades de la niña cuando la menor contaba con 10 u 11 años de edad aproximadamente.

Uno de los abusos tuvo lugar en General Pico y las otras dos niñas fueron atacadas en zona rural. Los casos salieron a la luz varios años después, cuando una de las víctimas estaba por cumplir 15 años y le pidió a su madre que no invitara a su tío abuelo. En ese contexto, la adolescente contó a su mamá lo que había sucedido y la mujer consultó con sus dos hermanas, que también confirmaron sus hijas habían sido abusadas por el mismo familiar.

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