La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa sostuvo que “el incumplimiento alimentario es una forma de violencia de género en la familia ya que limita los recursos económicos que legalmente le corresponden a un hijo, privándolo de una vida digna, al tener que sustentar” solo la madre sus necesidades.

La frase aparece en una resolución dictada esta semana por la Sala 3, conformada por los jueces Laura Cagliolo y Guillermo Salas, con la Secretaría a cargo de Miriam Escuer, donde se hizo lugar parcialmente a un recurso de apelación de la progenitora –en representación de su hijo menor de edad–, cuestionando el valor de la cuota (“es inadecuada e insuficiente para cubrir las necesidades básicas”), que no se tuvo en cuenta “el principio de razonabilidad y perspectiva de género” y que la decisión era contraria a lo resuelto en el mismo proceso respecto a los alimentos provisorios.

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